Comparabilidad

 

La Comisión de Principios de Contabilidad del IMCP, decidió cambiar el nombre del Boletín A-7 ("Consistencia") en vigor desde 1974, por el de "Comparabilidad", en vigor a partir del l de enero de 1994.

Se decidió cambiar el nombre del boletín al de "Comparabilidad", en lugar de "Consistencia", en virtud de que el primero es un requisito de calidad de la información que es condición previa al de consistencia y este último es un supuesto de todo el proceso contable cuya observancia puede llegar a generar comparabilidad.

La consistencia precisa la misma aplicación de métodos a los problemas en sus propias circunstancias para reflejar la sustancia económica del ente de mejor manera, no obstante, cuando cambian éstas, la necesidad de reflejar la sustancia económica puede obligar a cambios en los métodos, lo cual a su vez origina un cambio en la comparación.

Este principio, considerado a nivel internacional como un supuesto contable fundamental, se define en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 1 en los siguientes términos: "Se supone que las políticas contables son consistentes de un periodo a otro".

El concepto de la consistencia ha sido considerado durante muchos años como un dogma por los contadores o por la contabilidad, esto al amparo de que la información financiera pueda ser comparada o comparable de un ejercicio a otro, con la finalidad de poder tornar decisiones sobre bases uniformes en la aplicación de los principios y reglas que dan origen a la información financiera.

Conviene recordar que la comparabilidad es una de las partes básicas del concepto de utilidad como característica de la información financiera.
El Boletín A-7 indica que uno de los requisitos de la información financiera, junto con otros, ha motivado que la contabilidad constituya un elemento esencial en el campo de los negocios: la comparabilidad de la información proporcionada.

Las decisiones económicas basadas en la información financiera requieren, en la mayoría de los casos, la posibilidad de comparar la situación financiera y los resultados de operación de una entidad en épocas diferentes de su vida y con otras entidades, consecuentemente es necesario que los principios y reglas particulares sean aplicados en forma uniforme y consistente.

De lo anterior podemos decir, en los términos del Boletín A-1, que:

Los usos de la información contable requieren que se sigan procedimientos de cuantificación que permanezcan en el tiempo. La información contable debe ser obtenida mediante la aplicación de los mismos principios y reglas particulares de cuantificación, para, mediante la comparación de los estados financieros de la entidad, conocer su evolución y, mediante la comparación con estados de otras entidades económicas, conocer su posición relativa.

Esto es cierto, ya que como se dice "nada es grande ni pequeño sin la comparación".

Para lograr la comparabilidad, es necesario que se mantenga la consistencia en la aplicación de los principios y reglas particulares de valuación y presentación.

El Boletín A-7 establece como alcance el tratamiento y revelación de las causas que afectan la comparabilidad de la información financiera.
En la sección de "Conceptos y definiciones" señala como causas que pueden afectar a la comparabilidad:

a) Cambios en las reglas particulares por elección.

El Boletín A-1 subraya la importancia de mantener y utilizar principios y reglas particulares que permanezcan en el tiempo, no obstante esta comisión reconoce la necesidad de sustituir en algunos casos y modificar en otros la aplicación de determinadas reglas particulares de contabilidad, considerando que han dejado de ser útiles -parcial o totalmente- a la entidad en que se habían estado aplicando, ocasionando una falta de consistencia y en consecuencia falta de comparabilidad. Por lo tanto y bajo circunstancias especiales, la sustitución de una regla particular no sólo es recomendable, sino necesaria (párrafo 6).

Como ejemplo de lo anterior, se puede citar el caso de una entidad industrial, en la cual su maquinaria se depreciaba por el método de línea recta, lo cual representaba distribuir el costo original de la maquinaria entre la vida útil del bien, considerando o no un valor residual o de desecho, con lo que se originaban aplicaciones iguales a cada uno de los distintos peno-dos contables en los cuales se utilizaba la maquinaria, independientemente del volumen de producción. Por necesidades de determinar un costo unitario de producción más acorde con las políticas de la empresa y de efectuar aplicaciones en relación con el volumen de producción, se decidió efectuar un cambio en el método de registro de la depreciación, optando en este periodo por el de unidades producidas, que dará como resultado que en los periodos con mayores volúmenes de producción, la aplicación de la depreciación será mayor que en aquellos ejercicios de baja producción. Consecuencia del anterior cambio en la regla de valuación o de distribución del costo de la maquinaria (depreciación), es que los estados financieros serán afectados en su comparabilidad.

 



Universidad Nacional de Colombia
Carrera 30 No 45-03 - Edificio 477
Bogotá D.C. - Colombia
PBX: 3165000
webmaster@unal.edu.co

Aviso Legal - Copyright
Gobierno en LíneaAgencia de Noticias UN