Los estados financieros deben contener en forma clara y comprensible todo lo necesario para juzgar los resultados de operación, la situación financiera de la entidad, los cambios en su situación financiera y las modificaciones en su capital contable, así como todos aquellos datos importantes y significativos para la gerencia y demás usuarios.
Los estados financieros deben ir encabezados con el nombre, la razón o la denominación social de la entidad, la fecha o periodo contable a que corresponde y el tipo de estado financiero de que se trate.
Los estados financieros deben mostrar el tipo de moneda con que están elaborados y, en su caso, las bases de conversión de las mismas.
Los estados financieros y sus notas son un todo o unidad inseparable, por lo tanto deben presentarse conjuntamente en todos los casos.
La información que complementa los estados financieros puede ir en el cuerpo, al pie o en hoja por separado; en los últimos dos casos se tiene que referenciar cada nota con el renglón correspondiente del estado.
Por limitaciones prácticas de espacio es frecuente que los estados financieros por sí mismos no contengan toda la información mínima necesaria, es por ello que determinada información se presenta en notas explicativas de acuerdo con las reglas particulares de presentación que para cada caso emita esta comisión o que, a juicio de la administración de la entidad, sea relevante revelar. Dicha información puede provenir o no del sistema contable y puede o no ser susceptible de cuantificación.
En términos generales, las notas a los estados financieros son explicaciones que amplían el origen y significación de los datos y cifras que se presentan en dichos estados, proporcionan información acerca de ciertos eventos económicos que han afectado o podrían afectar a la entidad y dan a conocer datos y cifras sobre la repercusión de ciertas reglas, políticas y procedimientos contables y de aquellos cambios en los mismos, de un periodo a otro. Debido a lo anterior, las notas explicativas a que se ha hecho referencia forman parte de los estados financieros.
En relación con la revelación de políticas de contabilidad, a nivel internacional la NIC 1 señala que los estados financieros deben incluir una revelación clara y concisa de todas las políticas contables empleadas y deben ser parte integrante de los estados financieros.
La norma de Estados Unidos establece en la APB Opinión Núm. 22 que se requiere una descripción de las políticas de contabilidad significativas y que éstas deben formar parte de los estados financieros.
Igualmente la norma canadiense, en su Sección 1505, requiere la revelación de las políticas de contabilidad y su presentación como parte integrante de los estados financieros.
Con la finalidad de que los lectores puedan juzgar adecuadamente lo que los estados financieros muestran, es conveniente que éstos se presenten en forma comparativa.
Cuando se presenten estados financieros en forma comparativa y se efectúen cambios en la clasificación o valuación de las partidas en el periodo por el cual se informa, los estados financieros del periodo que antecede deben ser valuados y presentados de acuerdo con las nuevas bases, debiendo informarse de esta situación en todo caso.
Cuando los estados financieros del periodo anterior han sido afectados por ajustes posteriores, esta situación también se debe revelar.
Cuando ocurran o existan hechos posteriores que afecten significativamente los resultados de operación y la situación financiera de la entidad, que provoquen cambios en la misma o en su capital contable, entre la fecha a que son relativos y la fecha en la que éstos son emitidos, deberá revelarse suficiente y adecuadamente de estos hechos por medio de notas.
La aplicación de este principio es obligatoria desde el 1 de julio de 1974.